Crisis y dilemas de la financiación de la TV pública en Europa
Francisco Campos Freire
Universidad de Santiago de Compostela
francisco.campos@usc.es
francisco.campos.freire@gmail.com
El sistema económico originario de la radiotelevisión es precursor del modelo de negocio postmoderno de Internet, como un bien colectivo público o mixto, abierto, universal y aparentemente gratuito, sostenido por la aportación del procomún social o fiscal y por la publicidad. La singularidad, especificidad y sostenibilidad de este tipo de bienes condiciona sus mercados, sus modelos de negocio y también la intervención de los agentes institucionales. La cuestión, ahora, es cómo adaptar, articular y reestructurar la viabilidad del modelo originario de la televisión pública en el contexto de la actual crisis financiera y fiscal, de la nueva economía híbrida de la atención y del ecosistema digital convergente de Internet.
La crisis reabrió en canal los grandes dilemas de la existencia, evolución, transformación, reestructuración, financiación, gestión y gobernanza de la radiotelevisión pública europea en el actual escenario de la transición digital. El problema, en mayor o menor grado, afecta y se ha planteado en todos los estados europeos a partir de 2007-2008. Está reflejado de igual forma en las Directivas Europeas de Medios Audiovisuales de 2007 y 2010 así como en las respectivas regulaciones y políticas de comunicación de los estados.
La síntesis del dilema es: ¿Debe supervivir (y para qué) la radiotelevisión pública en el nuevo ecosistema mediático digital convergente? Si la respuesta es afirmativa, la siguiente cuestión es ¿cómo debe evolucionar, reestructurarse, gobernarse y controlarse?. Y en tercer lugar, ¿cómo, quién y en qué medida debe financiar todo lo anterior? Esta última cuestión, aún siendo la tercera en el orden lógico de razonamiento, se ha convertido -en el contexto de la crisis actual- en la primera y fundamental que condiciona a todas las otras.
La cuestionabilidad, insuficiencia, inestabilidad, insostenibilidad o ineficiencia del modelo económico tradicional de la televisión pública en Europa, en general, y de España, en particular, nos anima en esta comunicación a revisar sus sistemas de financiación y, en parte, también sus marcos de gestión y gobernanza. Aunque el sistema de financiación de la radiotelevisión pública europea es mixto y diverso, su característica nutriente común son los fondos públicos –procedentes de impuestos especiales o de aportaciones directas de los estados en forma de subvenciones- y la participación, cada vez más reducida, en las inversiones publicitarias. La crisis hundió y cuestionó de forma radical las expectativas de esas tres fuentes de ingresos, sin despejar nuevas líneas alternativas y sostenibles de negocio.
Al analizar esas fuentes de financiación, prestaremos especial atención al impuesto, canon, tasa, licencia o contribución para la financiación de la radiotelevisión pública, por ser el modelo más veterano, consolidado, dominante y estable en la mayoría de los países europeos, con la excepción de España. Apreciamos su evolución, transformación y readaptación (casos especiales de Francia y Finlandia) en lo que se refiere al objeto y sujeto generador del tributo: todos los receptores (televisores, vídeos, ordenadores, teléfonos y aparatos de coches), hogares y locales comerciales, individuos y empresas.
La Unión Europea de Radiodifusión (UER) aporta, además, un nuevo parámetro para evaluar comparativamente el sistema de financiación de la radiotelevisión pública europea. La referencia de homogeneidad comparativa de la UER es el indicador del producto interior bruto (PIB) nominal sobre la paridad del poder adquisitivo (PPA) de cada uno de los países. Según los datos de la UER (2012), el coste medio de funcionamiento de la radiotelevisión pública ascendía en 2009 al 0,17 por ciento del PIB (PPA) de los países miembros de dicha organización –varios de ellos no integrantes de la Unión Europea- y del 0,21 % en 2011 entre los miembros de la EU-27.
Con esos parámetros por delante, podemos sostener la hipótesis de que la radiotelevisión pública estatal y autonómica española es más económica que la media de Europa. Su coste por hogar, por habitante y según el PIB-PPA está por debajo de la media europea. Aunque se trate de modelos muy diversos de mesotelevisión, la referencia europea es inevitable porque su regulación está condicionada por el triple marco competencial de Europa, del Estado y de los distintos espacios regionales o locales. El sistema mixto de financiación de la radiotelevisión pública en España es parecido al de otros países europeos, pero no lo es tanto su estructura, organización, gestión, control, relaciones y sinergias. En su origen y evolución late también la asimetría de una regulación a la que no son ajenas las tensiones territoriales de las competencias compartidas entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
Señalar también, antes de proseguir, que la disparidad de cifras y resultados obliga a aclarar que las fuentes principales a las que aquí se presta atención son las directas de las respectivas leyes de comunicación y tributarias, los datos públicos externos de las propias radiotelevisiones o de las empresas recaudadoras del canon, los informes de los reguladores independientes y las estadísticas más recientes del Observatorio Audiovisual Europeo (2011 y 2012).
Introducción
La televisión fue concebida en origen por el sistema político como una encomienda social, prestada gratuitamente en Europa como servicio público y en Estados Unidos mediante gestión privada, pero estrechamente tutelada por la regulación institucional, que le confiere naturaleza universal e interés económico general (Paracuellos y Benghozi, 2011:12). Su originaria naturaleza de bien público ha diluído su apreciación económica hasta que la televisión empieza a privatizarse y a ser dominada por las fuerzas del mercado. Ese punto de inflexión marca su reestimación como bien social y la preservación de la televisión pública como equilibradora de un sistema dual.
“La televisión como enano económico y gigante social”, según Alain Le Diberder y Nathalie Coste-Cerdan (1988:12), es una curiosa cita que inspira toda una corriente de investigaciones y ensayos, desde distintas posiciones y ámbitos, para la sobreestimación de su importancia social frente a la influencia económica que esa industria estaba cobrando como fuerza comercial y campo de juego de la propiedad privada en Europa. La importancia del papel de la televisión generalista como espacio democrático de relación y cohesión social (Wolton, 2004, 2008; Missika, 2006) no decrece sino que se incrementa igualmente ante el complejo contexto del ecosistema de Internet.
Lo que sí se complica más es la gobernanza del sistema y la gestión del modelo de financiación, que se cruzan en el siglo XXI con una múltiple crisis estructural de cambio tecnológico disruptivo, de largo ciclo económico en recesión, de ajuste fiscal público y de movimientos de fondo tras la búsqueda de nuevos recursos participativos y ecoeficientes que afectan a todos los espacios de la comunicación (Zallo, 2011:60). Así, junto a las economías televisivas tradicionales de la fiscalidad (subvención o canon), la publicidad y el pago por consumo emergen también otros nuevos modelos relacionados con la convergencia de las telecomunicaciones (múltiple play) y de la hibridación alrededor de otros servicios de Internet (afiliación, colaboración, recomendación, reputación, buscadores, redes sociales, etc.).
Al modelo de financiación tradicional de la televisión –mantenida con el canon, la subvención pública o la “apariencia” de gratuidad de la publicidad- le llegan los primeros aldabonazos de la crisis de sostenibilidad a través del alargamiento del eje de la economía de la atención (Simon, 1999, Davenport y Beck, 2002) y de la personalización de los sistemas de circulación de la información, la comunicación y el entretenimiento. La gestión de la atención –política, social, comercial, reputacional- sigue en el epicentro de la valorización, hibridación y monetización de las economías de la gratuidad pero los mecanismos de comercialización se sofistican mucho más.
El problema de fondo de la economía mixta de las empresas de comunicación, públicas o privadas, es el de la formación, creación, percepción, uso e intercambio del valor, personificado en sus distintos tipos: individual, social, intrínseco e instrumental (Picard, 2012: 60). El valor individual corresponde a los deseos y necesidades de los individuos, independientemente de su satisfacción, mientras que el valor social es el que responde a intereses y objetivos más amplios que suelen ser externos a las necesidades y deseos de los individuos. El valor instrumental implica utilidad y funcionalidad, mientras que el valor intrínseco requiere atención deliberada para pensar y actuar. Y a ellos se agregan los valores de uso e intercambio, el primero sobre la utilidad y el segundo relacionado con la disponibilidad o no a pagar un precio en dinero o atención.
Los sistemas de comercialización, como fuente de financiación del proceso de producción y circulación de bienes, se representan a través de los modelos de negocio, que se pueden sintetizar en nueve factores: cliente o usuario, proposición de valor, competencias esenciales, cadena de valor, sistema de relaciones, canal de distribución, red de socios, estructura de costes e ingresos. Tanto Chesbrough y Rosenbloom (2001) como Osterwalder, Pigneur y Tucci (2005) conceptualizan el modelo de negocio, que estrenó Peter Drucker en 1954, como la articulación de la estrategia de la proposición de valor para uno o varios segmentos de clientes, teniendo en cuenta la arquitectura de la organización, la cadena de valor de sus procesos y la estructura de costes e ingresos.
La proposición del valor social e intrínseco es la misión e identidad que le corresponde a la televisión pública, por encima del valor individual e instrumental, aunque frente al nuevo ecosistema de valor de Internet su gestión resulte ahora más difícil y compleja. “El sistema local y autonómico debe afrontar ese panorama, en claves de esfuerzo económico, calidad, discriminación positiva y función compensatoria, compaginándolas con el sentido común y la pedagogía social” (Zallo, 2011a: 322).
Ese es el fundamento económico da la televisión pública, en la medida que remite a la función de su originaria naturaleza política y a su importancia social para el enriquecimiento de la calidad de la diversidad democrática, dentro de cada uno de los respectivos espacios culturales, recordando efectivamente que su economía “es siempre una economía política, que necesita estudiar no sólo los “precios” del sector, sus agentes y mecanismos de fijación, sino también la articulación del mercado con el Estado en cada espacio y tiempo histórico determinado, incluyendo sus vertientes socioculturales” (Bustamante, 1999: 16).
La televisión nace convergente con la radio, técnicamente condicionada por el espacio hertziano (Paracuellos, 2011: 20) y territorialmente organizada según un respectivo modelo sociopolítico. Los tres primeros grandes modelos son: estatal (Reino Unido y Francia), federal (Alemania, Bélgica, España) y comercial (Estados Unidos); los dos primeros públicos y el tercero de propiedad privada. Tras la privatización de la televisión en Europa, en la década de 1980, la clasificación hay que hacerla sobre cuatro tipologías: empresas públicas, compañías generalistas privadas, cadenas temáticas de pago y canales de televenta. El mercado europeo alcanza en 2010 los 32.400 millones de euros en la televisión pública y 40.000 millones en la privada. En 2011 el volumen presupuestario de la televisión pública aumenta a 35.000 millones. El 39.7% de la televisión europea es regional y local (3.571 canales, según OBS 2011).
Los efectos de la crisis de la televisión en Europa, alimentada por la presión financiera y el descenso de los ingresos de publicidad que provoca la recesión, impulsan la flexibilización de las políticas públicas, la supresión de las bonificaciones o exenciones fiscales -armonizándolas a tipos generales estándar-, la reestructuración empresarial de los principales grupos audiovisuales, los procesos de concentración y la entrada de nuevos operadores globales de fuera de Europa.
La reorganización de la estructura sectorial se articula a través de plataformas de canales y alianzas entre agentes productores y operadores del nuevo ecosistema convergente (contenidos tradicionales, redes de telecomunicaciones y sistemas de Internet) de la distribución audiovisual. Del ranking de 40 plataformas convergentes de telecomunicaciones y audiovisual registradas en Europa por el Observatorio Audiovisual Europeo en 2011, sólo veinte son europeas, dos de ellas de capital público (BBC y ARD), diez de Estados Unidos, cuatro de Japón, 2 de Hong Kong, dos de Korea, una de Taiwán, una de Rusia y otra domiciliada en Bermudas.
En las plataformas de difusión vía satélite se concentran alianzas cruzadas de operadores mediáticos tradicionales (Murdoch-Sky-Permira-Viasat-CTC frente a Vivendi-Canal Plus-RTL-Mediaset), en el cable los intereses de grupos norteamericano-europeos (Liberty Global, Virgin Media, Numéricable, ONO) y en IPTV las grandes operadoras de telefonía (BT Group, Telefónica, Vodafone, Deustche Telekom, Telia Sonera, KPN, Portugal Telecom). Los intentos de los operadores audiovisuales públicos y privados alemanes (ARD y ZDF, ProSieben y Sky) por consolidar sus nuevas respectivas plataformas televisión por Internet fueron frenados de momento por los tribunales de la competencia.
Pero el mercado es más amplio y complejo porque ya han entrado en él los operadores convergentes de telecomunicaciones y las plataformas de multiservicios, lo que obliga a establecer al menos seis categorías de televisión: 1) canales de financiación pública y mixta; 2) canales privados financiados con publicidad; 3) canales de pago y televenta; 4) operadores de plataformas de satélite, cable, TDT e IPTV; 5) operadores convergentes de telecomunicaciones; y 6) prestadores de multiservicios audiovisuales gratuitos y de pago (Youtube, Netflix, iTunes, Hulu, Google TV). La convergencia de la televisión con las telecomunicaciones –mediante ofertas de múltiple pago- cuantifica un nuevo y gran mercado cercano a los 400.000 millones de euros.
Cuadro 1. INGRESOS DE LA TV EN EUROPA, 2007-2011
Países
TV PÚBLICA
TV PRIVADA
CONVERGENCIA TELECOS
2007
2008
2009
2010
2011
2007
2008
2009
2010
2007
2008
2009
2010
Austria
985
1045
971
971
991
46
29
26
23
6888
6482
5311
4783
AL Zdf
1927
1922
2065
1965
8867
9783
9329
8547
5193
69341
70199
65598
65417
AL Ard
5241
5215
5420
5391
BE-Rtbf
311
317
314
312
728
684
738
722
785
10973
10987
11251
8284
BE-Vrt
462
458
450
448
Dinam.
851
854
871
902
828
206
245
250
249
6848
7180
6818
5594
ES Rtve
1184
1143
1164
1136
2465
4107
3994
3320
3617
38019
37709
35545
25796
ESAuto.
1.594
1.630
1.631
1.583
Finland.
409
397
411
420
432
421
428
390
396
3995
4046
3937
4006
Francia
3548
3435
3813
4056
4591
5813
5669
5852
5973
52101
52084
4539
52325
Grecia
540
374
353
341
329
967
946
833
299
6655
6428
6207
5640
Hungria
134
143
146
111
283
300
325
273
300
3160
3330
3246
2569
Irlanda
441
441
375
371
351
232
70
54
53
2419
2352
2214
-
Italia
3290
3314
3208
3039
2998
6674
7819
7404
8150
52624
52530
49904
41669
Luxeb.
-
-
-
-
5810
5900
5537
5693
-
-
-
-
Holanda
842
821
829
857
979
405
437
303
251
17114
19710
18340
17561
Noruega
524
569
597
635
650
463
520
462
508
13838
14597
14710
14434
Polonia
450
523
419
425
474
596
710
716
438
9218
9790
9402
7033
Portugal
315
304
324
308
317
531
563
508
547
10397
11434
11435
8456
Checa
277
311
292
286
356
602
422
647
182
2838
2969
2797
362
R. U.
6360
6636
6705
7073
7195
6282
6589
6449
6700
52054
53377
52349
54316
Suecia
452
443
427
467
780
875
915
900
952
8821
8681
9254
9744
Suiza
1350
1348
1331
1376
1569
-
-
-
-
14025
13604
12719
-
Total
31487
31643
32116
32473
35183
44797
45648
43193
40309
381328
387489
325576
327989
Fuente: elaboración propia con datos del Observatorio Audiovisual Europeo (2011-12), en millones de euros.
La crisis económica ha afectado a todo el negocio de la industria audiovisual pero no así –salvo puntuales excepciones- a su consumo y crecimiento. El consumo familiar de televisión siguió aumentando en Europa (récord de 235 minutos en 2012 y 228 en 2011, seis más que en 2010) y también el número de canales (8.270 en 2012 frente a los 7.7600 de 2011 en los países de la UE-27), según la base de datos MAVISE del Observatorio Audiovisual Europeo. Se cerraron canales pero se abrieron otros y penetraron nuevas plataformas internacionales. Y todo eso sin mencionar el empuje con el que llama a la puerta la nueva televisión exclusivamente por Internet: 40 millones de receptores conectados ya en 2012 y disponible en la mayoría de los hogares de Europa en 2016, según las previsiones del Libro Verde de la CE sobre la convergencia audiovisual (2013).
A pesar de que esos procesos no se han detenido, lo que sí se está produciendo es, por una parte, una fragmentación del consumo y, por otra, una concentración de la oferta. No sólo se está fragmentando la oferta y la demanda sino también los dispositivos (televisor, ordenador, teléfono móvil, tableta, videoconsola o pantalla grande) y las formas de accesibilidad (de flujo, bajo demanda, a la carta y en red social). La transición definitiva de la televisión analógica terrestre a la digital ha concluido en 2012 en 22 de los 27 países de la Unión Europea. Y pese a la caída del 0,3% del PIB de la UE, sus 20 principales grupos audiovisuales privados registraron en 2012 un crecimiento del 2,1%, impulsado por la televisión de pago (+3,9%) frente a una moderada caída (-0,9) de los ingresos de publicidad de los canales privados en abierto.
Al principio la crisis se ha notado más en la televisión privada en abierto que en la de pago o en la pública porque ésta ha compensado sus presupuestos de 2007-10 con el mantenimiento de las subvenciones y/o de la recaudación del canon. Pero 2010 fue el año de inflexión en el que varias televisiones públicas suprimieron o redujeron sus emisiones de publicidad, que pasaron a compensar las cuentas de resultados de los grupos audiovisuales privados. La crisis se ha hecho más evidente a partir de ese año en los cambios regulatorios de la mayor parte de las televisiones públicas europeas, sometidas a planes de adelgazamiento de sus estructuras (reducción de 25% de gastos en la BBC, 20% en la TV holandesa, 37% en la MTV húngara, también en la LRT lituana, y 50% en la RTP portuguesa) así como regulación de plantillas (un 15% de bajas o despidos) y de costes laborales.
Preocupación por la financiación
La presión sobre la televisión pública, en tiempos de crisis, se nota en todos los frentes. La televisión pública ha bajado en audiencia en la mayoría de los países europeos pero aún puede perder más estructura y oportunidades de programación en los próximos años. La UE y los estados, por necesidad y/o convicción, ya no se recatan de admitir que las organizaciones privadas pueden cumplir también el servicio público y ser más eficientes en dicha función que las de gestión pública. Lo que significa poner el foco de la reestructuración en la línea de flotación de la televisión pública. Los expedientes sobre el régimen de financiación, abiertos por la UE en los últimos años, son otra muestra de ello, extendida ya sobre más de media docena de países: Francia, España, Dinamarca, Holanda, Reino Unido, Italia y Hungría.
La reivindicación de la reducción o supresión de la presencia de la publicidad en la radiotelevisión pública es una estrategia medular de la Asociación Europea de Televisiones Comerciales (ACT) que se materializó en forma de lobby efectivo sobre las dos últimas Directivas de Servicios de Medios Audiovisuales (2007/65/CE y 2010/13/UE), regulaciones, que luego se trasladaron a los respectivos ámbitos estatales en forma de limitaciones de tiempo de emisión y mayor flexibilización para los operadores comerciales. Su trasposición en España está en las leyes 8/2009 y 7/2010.
La respuesta a todas esas presiones llega de la UER (2012) en forma de reconocimiento de que “la financiación es uno de los mayores desafíos con los que se enfrentan los medios de comunicación de servicio público en la actualidad”. Según datos de los miembros de la UER (2012), el 59,3 % (20.949 millones) de los ingresos de 2010 correspondieron al canon o tasa de licencia, 16,3% (5.750 millones) a publicidad, 13,1% (4.617 millones) a otros, 10,2 (3.601 millones) a aportaciones públicas y 1,1% (392,5 millones) a patrocinio. En esta estadística de los miembros de UER faltan países y televisiones (regionales, por ejemplo), por lo que su valor es únicamente tendencial.
Cuadro 2. EVOLUCIÓN DE LA FINANCIACIÓN EN LA UER
2005
2008
2009
2010
Porcentaje
Total
Porcentaje
Total
Porcentaje
Total
Porcentaje
Total
Canon
56,4
19.533,1
58,8
20.605,6
60
20.325,2
59,3
20.949,1
F. públicos
5,7
1.989,1
7,1
2.483,3
9,5
3.224,5
10,2
3.600,6
Publicidad
22,5
7.785,9
20
7.009,9
16,3
5.508,8
16,3
5.750,2
Patrocinio
1,1
373,8
1,2
430,3
1
350,3
1,1
392,5
Otros
14,3
4.971
12,9
4.514,3
13,1
4.444,6
13,1
4.617,3
Fuente: elaboración sobre estudio “EBU Viewpoint PSM Funding” de la UER (marzo, 2012).
La defensa de los ingresos de la publicidad, disputados y cuestionados por la presión de los operadores privados, la expresa la UER de la siguiente forma: “ese anticomercialismo es problemático porque expone el servicio público a veleidades políticas e inestabilidad financiera que lo lleva a la austeridad y los recortes que no le permiten afrontar en condiciones aceptables los retos de la renovación tecnológica, de la adecuada adaptación a la digitalización, de la competencia por las audiencias y de sus objetivos de diversidad y calidad”.
El estudio de la UER fundamenta la financiación del servicio público audiovisual, en función de la misión que le encomienda su respectivo marco legal, a partir de los criterios demográficos, de renta y diversidad sociocultural y lingüística que le atribuye el Protocolo de Ámsterdam. Según esos criterios establece un cálculo de costes que le permite objetivar la media de financiación de la radiotelevisión pública en la Unión Europea (UE-27) en el 0,21 por ciento de paridad del poder adquisitivo del PIB. Este porcentaje es más bajo (0,17) si se incluyen todos los miembros de la UER porque entran otros países mediterráneos de África y extracomunitarios.
Cuadro 3.COSTE DE LA RTV PÚBLICA DE LA UER
El coste medio de la televisión pública europea también se puede analizar en función del número de habitantes y del impuesto (canon) que paga directamente cada hogar familiar. El resultado es que la televisión pública cuesta a cada europeo 52 euros y la media de lo que se paga por canon o impuesto directo es de 148,5 euros al año. Si extrapolamos el total de la subvención pública autonómica y estatal de España resulta que el coste de nuestra televisión pública es de 46 euros por habitante y 128 euros por hogar. Y el de la televisión pública autonómica es de 34 euros por habitante y 96 euros por hogar. El coste medio sobre PIB, incluyendo también las televisiones autonómicas (que no se reflejan en el cuadro de la UER), queda también por debajo de la media.
Cuadro 4. PRESUPUESTOS Y COSTES DE LA RTV PÚBLICA EUROPEA
País
Población
PPA en millones
PIB euros
RTVP 2008
RTVP 2009
RTVP 2010
Evoluc. 2010/09
Coste habitante
%
PPA
Alemania
82.314.906
3.709.810
30100
8.434
8.672
8.669
6,3 %
106
0,23
Austria
8.334.325
264.472
31800
943.0
892.7
948.9
6.3%
114
0,35
Bélgica
10.392.226
319.867
29300
772.4
771.2
766.9
-0.6%
74
0,24
Bulgaria
7.322.858
76.400
10000
74.6
69.3
66.6
-3.9%
9
0,08
Chipre
766.400
18.109
23000
43.3
35.8
45.0
25.7%
59
0,24
Dinamarca
5.457.415
171.298
30500
825.0
764.9
794.2
3.8%
145
0,28
Eslovaquia
5.396.168
91.772
17000
101.1
103.2
102.0
-1.2%
19
0,11
Eslovenia
2.013.597
44.429
22000
114.2
122.7
125.3
2.1%
62
0,28
España
47.190.493
1.189.174
26500
2.149.2
2.135.7
2.163.5
1.3%
46
0,18
Estonia
1.342.409
24.005
17900
32.1
29.7
28.4
-4.4%
21
0,11
Finlandia
5.289.128
155.640
28800
397.5
411.2
420.0
2.1%
80
0,26
Francia
65.821.885
2.447.105
28800
5.302.8
5.436.7
5.656.4
4.0%
86
0,23
Grecia
11.260.401
271.206
24300
374.0
353.7
340.8
-3.6%
30
0,12
Hungría
10.066.158
158.304
15700
220.6
211.3
171.6
-18.8%
17
0,10
Irlanda
4.239.848
157.070
36300
440.8
374.9
371.7
-0.9%
88
0,23
Italia
60.742.397
1.500.475
26200
3.130.3
3.099.3
2.886.1
-6.9%
48
0,19
Letonia
2.281.305
32.802
14000
32.5
25.8
17.7
-31.4%
8
0,05
Lituania
3.373.991
50.515
15000
26.6
19.3
19.1
-1.0%
6
0,03
Malta
404.962
7.824
19100
6.1
5.8
8.2
41.4%
20
0,10
Países Bajos
16.372.715
530.564
32500
871.2
880.7
909.9
3.3%
56
0,17
Polonia
38.116.486
519.608
13300
597.4
491.4
515.8
5.0%
14
0,09
Portugal
11.317.192
194.502
18500
298.3
305.8
308.6
0.99%
27
0,15
Reino Unido
62.262.806
2.344.444
27600
5.336.9
5.478.2
5.679.2
3.7%
91
0,24
R. Checa
10.306.709
209.773
20300
321.0
338.3
357.1
5.6%
35
0,17
Rumanía
22.276.056
217.012
10100
236.4
229.4
223.8
-2.4%
10
0,10
Suecia
9.142.817
274.499
30300
593.9
624.1
777.1
24.5%
85
0,28
UE
499.747.211
15172536
24800
31.676
31.884
32.368
1.5%
52
0,21
Noruega
4.907.990
254.825
54903
569
597
635
4,5
129
0,24
Suiza
7.870.134
36.440
12493
1.348
1.331
1.376
3,5
175
3,77
Fuente: elaboración propia con datos de población de 2010, PPA (paridad del poder adquisitivo) del PIB nacional y presupuestos de RTV públicas en millones de euros. Las fuentes empleadas son de FMI, Eurostat, INE, Observatorio Audiovisual Europeo y propias.
Los miembros de la UER, según una encuesta que recoge su estudio sobre la financiación de marzo de 2012, reconocen que la presión financiera y política sobre la radiotelevisión pública ha sido una constante en los últimos 20 años y que aún será más fuerte en el próximo quinquenio. Califican la situación financiera como difícil o muy difícil, tanto para el presente como para el futuro inmediato, porque las fuentes de ingresos se están reduciendo o cambiando. El 70 % de esos encuestados reconocieron que en los últimos años los organismos de radiotelevisión a los que pertenecen acometieron planes de reestructuración y redujeron presupuestos, programación, empleo y gastos generales.
La UER destaca en dicho informe de 2012 que la radiotelevisión pública “necesita recursos de financiación suficientes, sostenibles y políticamente independientes para cumplir con sus encomiendas”. Respetando la diversidad continental y el criterio jurídico predominante en la legislación audiovisual europea con respecto a las competencias de cada “país de origen”, la UER no se inclina por un determinado modelo de financiación, aunque destaca que el canon es el más estable y dominante.
Tomando datos del Observatorio Audiovisual, la TV pública europea, que en 2007 tenía cien mil trabajadores, perdió 7.101 empleados en 2010 mientras sus costes laborales apenas se incrementaron, por debajo de la inflación. La reducción de personal fue general, salvo en las autonómicas españolas y cuatro países más, aunque sin datos de la ARD alemana. Los ERE de las RTV autonómicas españolas se inician en 2012.
Cuadro 5. EVOLUCIÓN DE COSTES Y PLANTILLAS DE LAS RTVP EUROPEAS
PAÍSES
AÑO 2007
AÑO 2008
AÑO 2010
2007/2010
País
RTV
Costes
Plantilla
Costes
Plantilla
Costes
Plantilla
Costes
Plantilla
Alemania
ZDF
356,7
3.630
338,1
3.586
354,6
3.608
0,5
-0,6
Austria
ORF
373,5
3.616
404,7
3.465
346,0
3.225
-7,3
-11
Bélgica
VRT
182,5
2.974
180,0
2.933
189,8
2.811
4
-5,4
Bélgica
RTBF
149,7
2.403
156,3
2.273
163,6
2.161
9,2
-10
Bulgaria
BNT
1.895
-
1320
-30
Dinamarca
DR
245,3
2.261
241,1
2.301
247,4
2.309
0,8
2,1
Eslovaquia
STV
13,4
968
19,3
-
-
Eslovenia
RTVSLO
54,6
2.018
56,3
1.945
59,7
-
9,3
España
AUTONÓM.
481,01
9.633
477,76
10.445
554,57
10.370
15,2
7,6
España
RTVE
295,9
6.371
343,6
5.791
381,4
5.865
28,89
-7,9
Estonia
ERR
713
14,6
667
14
678
-4,9
Finlandia
YLE
193,1
3.247
190,8
3.307
219,8
3.180
13,82
-2,06
Francia
FT
857,2
8.942
840,8
8.963
883,8
8.837
3,1
-1,17
Grecia
ERT
2.402
2.402
145,5
3.322
38,30
Hungría
MTV
38,4
1.783
33,5
1.581
28,7
2.490
-25,26
39,65
Irlanda
RTE
169,6
2.307
176,1
2.214
153,0
2.151
-9,7
-6,7
Italia
RAI
1.004,4
9.889
1.009,6
9.953
1.014,5
10.055
1,00
1,67
Lituania
LNRT
10,0
675
12,0
579
560
-17,03
Polonia
TVP
115,5
4.676
131,7
4.350
98,9
4.012
-14,37
-14,20
Portugal
RTP
109,9
2.301
111,7
2.255
102,9
2.194
-6,3
-4,6
R. Unido
BBC
1.500,9
20.315
1.613,7
17.238
1.111,8
17.242
-25,92
-15,12
R. Checa
CT
56,1
2.813
62,1
2.896
66,9
2.825
19,25
0,42
Rumanía
TVR
42,8
3.262
43,8
3.247
46,7
3.247
9,1
-0,45
Suecia
STV
2.522
2.140
149,8
2.053
-18,59
Total
6.265,81
101.685
6.474,46
94.600
6.333,37
94.584
1,06
-6,98
Fuente: elaboración propia con datos del Observatorio Audiovisual Europeo (2011). No se incluye la ARD alemana.
Las cifras sobre los gastos de aprovisionamiento, las compras, en general, registran una evolución creciente entre 2007 y 2010 pero con una importante caída, sin embargo, a partir de 2009, lo que se corresponde también con la reducción de sus presupuestos generales y el impacto de la crisis con efectos retardados. Contrasta en 2010 el incremento de compras de la BBC mientras, por el contrario, como se aprecia en el Cuadro 3, la radiotelevisión británica ajusta de forma notable sus costes de personal.
Cuadro 6. APROVISIONAMIENTOS DE LAS RTVP EUROPEAS
País
RTV
2007
2008
2009
2010
2009/2010
2007/2010
Alemania
ZDF
1.432,6
1.571,6
1.514,5
1518,7
0,3%
5,6
Austria
ORF
586,2
619,8
567,8
584,3
2,90%
-0,3
Bélgica
VRT
254,1
264,3
249,2
256,9
3,10%
1,10
Bélgica
RTBF
147,7
145,1
131,6
128,5
-2,40%
-12,9
Chipre
CyBC
16,6
19,8
18,3
Dinamarca
DR
184,3
206,4
206,0
199,8
-3,0%
8,4
Eslovenia
RTVSLO
48,7
51,7
52,3
57,1
9,20%
17,2
España
AUTONÓM.
586,24
641,20
650,69
605,77
-6,9
3,33
España
RTVE
816,7
813,4
699,0
348,2
-50,20%
-57.36
Estonia
ERR
12,6
11,4
-9,70%
Finlandia
YLE
202,2
186,4
188,7
201,0
6,50%
-0,49
Francia
FT
1.995,0
1.969,8
2.027,2
2.112,2
4,20%
5,87
Grecia
ERT
171,3
131,3
-24,40%
Hungría
MTV
56,9
60,0
69,0
77,6
12,60%
36,37
Irlanda
RTE
242,4
263,4
213,4
203,2
-4,80%
-16,17
Italia
RAI
1.448,3
1.597,8
1.582,3
1.415,7
-10,50%
-2,25
Polonia
TVP
266,7
273,3
246,3
236,4
-4,00%
-11,36
Portugal
RTP
181,1
162,0
176,7
172,0
-2,70%
-5,39
R. Checa
CT
136,8
146,6
170,8
170,5
-0,20%
24,63
Reino Unido
BBC
3.458,0
4.460,0
29,00%
Rumanía
TVR
68,1
81,3
79,5
101,7
27,80%
49,33
Suecia
STV
236,8
281,0
18,70%
Total/media
8.670,64
9.073,90
12.721,99
13.273,27
-32,74
6,43
Fuente: elaboración propia con datos del Observatorio Audiovisual Europeo (2011)
La identificación de los ingresos y, por lo tanto, del importe de los modelos de financiación de la radiotelevisión pública europea es una tarea compleja por la disparidad entre los datos de las fuentes de la UER, del Observatorio Audiovisual Europeo y de las propias cuentas de resultados de las compañías estatales. El Observatorio Audiovisual Europeo registra en su anuario de 2011 diecinueve países con canon directo, cuya tasa aumenta una media del 6,38% entre 2007-2011.
Origen del sistema dual y mixto de financiación
La radiotelevisión en Europa nace pública, estatal y financiada con tasas, impuestos especiales o subvenciones. Luego incorpora el complemento de los ingresos publicitarios y, a partir de la década de 1970, su armonización y apertura a través del mercado común europeo, le lleva a la competencia con la privatización y la difusión transfronteriza. El Consejo de Europa reguló en 1989 las normas de emisión de publicidad en la radiotelevisión y éstas fueron evolutivamente incorporadas a las Directivas de la TV sin Fronteras de 1989, de 2007 y de 2010. El sistema mixto de financiación se fue acoplando al modelo dual impuesto por el marco de la competencia de unos servicios que no dejan de ser considerados de carácter público, aunque sean prestados por operadores privados.
La radiotelevisión, en primer lugar, y luego, por extensión de la convergencia, los servicios audiovisuales, forman parte de las actividades comerciales que desarrollan misiones de interés general y que están sometidas a obligaciones de servicio público, según el artículo 106 del Tratado de la Unión Europea. Son los Servicios de Interés Económico General (SIEG), para los que el Tratado de Lisboa aprobó su respectivo protocolo y que en 2003-2004 se desarrolla más a través de los respectivos libros verde y blanco de los mismos. Los SIEG (transporte, energía, comunicación) pueden ser prestados por empresas de gestión pública y/o privada dentro del marco competencial comunitario y de los respectivos estados.
El modelo tradicional de radiotelevisión europea es dual porque conviven en su gestión empresas de capital público con otras de propiedad privada. No obstante, este modelo dual está siendo rebasado por la convergencia digital, que introduce nuevas formas y tipos de operadores (de telecomunicaciones e Internet). El modelo y fundamentación del sistema de financiación de la radiotelevisión pública en Europa, que se fue armonizando y tomando carta de naturaleza común a trompicones, es fruto de la evolución histórica de un régimen de monopolio natural a ese sistema dual de compleja convivencia con los operadores privados.
A partir de la sentencia Saachi, del Tribunal de Justicia Europeo, en 1974, la televisión entra en el marco jurídico comunitario y es la Directiva de la TV sin Fronteras (89/552/CEE) de 1989, quien la integra plenamente en las políticas europeas. La difícil coexistencia de la televisión pública y privada, cuando ésta se hallaba en pleno despegue comercial de la década de los años 90 del pasado siglo XX, encona los conflictos de financiación y competencia que se saldan con la firma por parte de los estados del Protocolo 32 anexo al Tratado de Ámsterdam de 1997.
Dicho Protocolo permite a los estados la financiación de la radiotelevisión pública en base a tres exigencias: a) atender las necesidades no cubiertas de pluralismo democrático; b) promoción de la diversidad de los valores socioculturales; y c) que su financiación no vulnere el marco de la competencia. Y el desarrollo de estos principios sobre las ayudas a la financiación a las radiotelevisiones públicas, estatales y regionales, los regula la Comisión Europea a través de sendas Comunicaciones de 2001 y 2009 (C320/5 de 15-11-2001 y C257/01 de 27-10-2009).
El sistema mixto de financiación de la radiotelevisión pública es casi general en toda Europa aunque en distinto grado y naturaleza. Mixto porque se nutre de distintas fuentes (cuatro principalmente: canon, subvención, publicidad y otros ingresos), aunque siempre hay una de ellas que es la predominante. También en ese capítulo de otros recursos hay que mencionar las aportaciones públicas de capital para la creación de las empresas matrices y filiales, para compensación de pérdidas y no caer en objeciones de disolución por quiebra, cesión de uso de bienes demaniales, autorizaciones de endeudamiento, beneficios fiscales por impuestos de valor añadido (IVA) en régimen de prorrata y de sociedades, comercialización de derechos de programas y formatos, patrocinios, mecenazgo institucional, merchandising, bartering, ect.
La subvención directa de los estados o comunidades autónomas es una fuente de financiación directa dominante en algunos países (España, Holanda, Chipre y Bélgica) pero inestable porque está sometida a la precisión de las crisis fiscales y políticas. La de la publicidad también es cada vez más limitada por las restricciones impuestas por la Directiva europea 2007/65/CE de Servicios de Medios Audiovisuales y por las dificultades comerciales provocadas por la crisis financiera.
Dos países, Francia e España, aprobaron en 2009 suprimir la publicidad de la radiotelevisión pública estatal e implantar a cambio un sistema mixto de canon indirecto sobre el uso del espacio radioeléctrico, una compensación económica de las televisiones comerciales por el aprovechamiento de los ingresos publicitarios y una tasa de los operadores de telecomunicaciones. La suspensión total de la publicidad en Francia se retrasó luego a 2016 y una nueva tasa impuesta a los operadores de telecomunicaciones, tanto en ese país como en España, fue recurrida al Tribunal Europeo de Justicia.
Al mismo tiempo que Francia, en España entró en vigor en 2010 el nuevo modelo de financiación de la televisión pública (ley 8/2009) que se nutre de la subvención estatal, canon compensatorio de las televisiones privadas por la supresión de la publicidad (sobre sus ingresos, un 3% a las comerciales y 1,5% a las de pago), impuesto sobre el uso del espacio radioeléctrico (del 80% al 100% hasta un máximo de 330 millones de euros en 2012) y el canon recurrido de los operadores de telecomunicaciones (0,9% sobre ingresos del mercado de referencia).
Tradición y reforma del canon
El canon, tasa, licencia de radio-televisión, contribución a la prestación audiovisual es un impuesto especial que marca el hecho imponible y la obligación tributaria de contribuir a la financiación de dicho servicio público en Europa desde finales de la segunda década del siglo XX. La primera obligación tributaria pública de contribución a la financiación de la radiodifusión fue establecida en la Carta Real de 1927 de la BBC y en Francia en 1933 mediante un canon sobre el derecho de uso de las estaciones de radio. También existe en países de Asia y África pero no es frecuente en América salvo en contribuciones singulares, como es el caso de Brasil.
Tampoco existe un modelo único y este aspecto, por la propia naturaleza del impuesto, es una cuestión clave que ha motivado su evolución y modificación en la legislación de los respectivos países. La cuestión radica en la interpretación jurídica del propio hecho imponible del que nace la obligación tributaria, debido a que hay interpretaciones que sostienen que, como tal hecho imponible, no tiene suficiente carácter generador fiscal. Por eso varios países –Francia y Finlandia, especialmente- modificaron su raíz y contribución fiscal. El matiz es la diferencia entre sujeto pasivo (que tiene obligación de pago) y contribuyente (quien soporta el pago).
Los modelos europeos de canon son de tipo directo e indirecto. De esta segunda categoría son las tasas indirectas aplicadas en España y Francia a los operadores privados de televisión, en compensación por la retirada de la publicidad del servicio público, a las empresas de telecomunicaciones y a los usuarios del espectro radioeléctrico. Los tres grandes modelos de canon o tributo directo sobre la recepción de la radiotelevisión se aplican sobre la licencia de los aparatos de recepción (televisores, vídeos, ordenadores y/o teléfonos inteligentes) en hogares, establecimientos comerciales y vehículos a motor; sobre el consumo de electricidad asociado al uso de los aparatos de televisión (Portugal y Grecia); y sobre la progresiva capacidad fiscal de las personas físicas y jurídicas (Finlandia desde el 1 de enero de 2013).
Las tarifas varían entre los distintos países así como los objetos y sujetos sobre los que se aplican. Algunos países aplican tres tipos distintos (a hogares de personas físicas, a empresas o personas jurídicas de actividades comerciales y a establecimientos de hostelería, según el número de receptores) mientras que otros sólo tienen una tarifa única e incluyen también los vehículos a motor (comunidad Valona de Bélgica). Unos países imponen una sola tasa para los servicios de radio y televisión mientas que otros cobran por los dos. En todas las modalidades impositivas de este tributo el pago es obligatorio se vea o use o no el servicio público de televisión.
El pago se puede efectuar mensual, trimestral y anualmente. Algunos países lo incluyen en la declaración general de la renta (Francia) y otros lo gestionan separadamente, asociado a la contribución de la propiedad inmobiliaria. La declaración de este impuesto es personal, obligada y sancionable. Al adquirir un aparato de recepción de televisión, al ocupar una vivienda o abrir un establecimiento ya se queda obligado a efectuar la declaración pública de alta en el impuesto de la televisión. No hacerlo implica sanciones que oscilan entre las 1.000 libras del Reino Unido y los 50 euros de Italia. Las segundas viviendas (de vacaciones) también están obligadas a disponer de licencia y las exenciones sólo corresponden a los beneficiarios de rentas de asistencia social y jubilados.
La importancia de las sanciones, la capacidad de fiscalización y la eficacia en el cobro de esta tasa refleja su nivel de fraude fiscal. El porcentaje de fraude fiscal de este impuesto, según datos de la operadora británica encargada de este servicio, también varía notablemente: Austria, 3; Reino Unido, 5%; Suiza, 5%; Noruega, 9%; Irlanda, 12%; Suecia, 12%; Italia, 26%; y Polonia, 65%. Las operadoras encargadas del cobro de este impuesto en esos países son: TV Licensing en el Reino Unido, GIS (Gebühren Info Service) en Austria, NRK en Noruega, RiK AB en Suecia, Billag en Suiza, RAI en Italia, Portugal y Grecia a través de las compañías eléctricas y mediante los servicios de correos en Irlanda (An Post) y Polonia. El problema de la fiscalización es que en algunos de esos países los inspectores o carteros encargados del cobro del canon no están autorizados a acceder a las viviendas para comprobar las conexiones.
El canon de imposición directa sobre la posesión de receptores de televisión –en la mayoría de los países se extiende ya a los ordenadores y teléfonos inteligentes a través de los que también se pueden recibir contenidos audiovisuales- es el sistema dominante y generalizado en Europa. En doce países (Alemania, Austria, Chequia, Finlandia, Francia, Eslovenia, Grecia, Reino Unido, Irlanda, Italia, Polonia y Suecia) el canon directo es la fuente principal de financiación. En cuatro más (Bélgica, Hungría, Portugal y Rumanía) es una parte complementaria de los ingresos. Y otros seis países (Holanda, Bulgaria, Serbia, Montenegro, Lituania, Estonia y Letonia) han suprimido el canon o nunca lo han implantado.
La defensa del canon directo prevalece en parte de Europa –sobre todo, en el Reino Unido- como el mejor modo de asegurar la independencia y la calidad en la captación de los recursos necesarios para financiar el servicio público audiovisual. Los británicos lo consideran como el sistema de financiación menos malo, partiendo de la base de que la subvención directa del gobierno condicionaría más la independencia de la BBC y una suscripción tipo “premium” sería más discriminatoria. En España, pese a que estuvo vigente hasta su derogación en la ley 103/1965, volviendo a aparecer en el artículo 32.2c del Estatuto de RTVE de 1980, nunca se llegó a aplicar, su popularidad es nula y su rechazo fue general tanto por el Informe para la Reforma de los Medios Públicos (Consejo, 2005) como por el Consejo de Estado en el dictamen sobre la Ley 8/2009.
Cuadro 7. TIPOS DE CANON DE TV EN EUROPA
País
Moneda
2007
2008
2009
2010
2011
2007/11
Austria
EUR
255.4
276.7
276.7
277.0
276.7
8,3 %
Bélgica (val)
EUR
100.0
100.0
Suíza
EUR
229,08
238,4
238,4
238,4
238,8
11,3
R. Checa
EUR
51.5
61.0
60.9
Alemania
EUR
204.4
204.4
215.8
215.8
215.8
5,57
Dinamarca
EUR
288.4
293.7
298.0
303.7
309.1
9,93
Finlandia
EUR
208.2
224.0
224.3
231.1
231.1
10,9
Francia
EUR
116.0
116.0
118.0
121.0
123.0
6,03
Gran Bretaña
EUR
201.2
189.5
167.5
163.4
171.8
-14,61
Croacia
EUR
111.6
117.5
125.0
Irlanda
EUR
158.0
160.0
160.0
160.0
160.0
1,2
Italia
EUR
104.0
106.0
107.5
110.5
110.5
6,25
Noruega
EUR
257.7
279.0
237.8
289.5
316.9
23
Polonia
EUR
47.7
54.
47.4
47.4
0
Portugal
EUR
20.0
21.0
21.0
21.0
27.0
35
Rumanía
EUR
14.2
13.4
12.1
11.4
11.2
-21,1
Suecia
EUR
220.2
215.5
189.7
202.2
231.0
4,90
Eslovenia
EUR
132.0
132.0
144.0
9,09
Eslovaquia
EUR
1,88
2,11
2,11
Fuente: Observatorio Audiovisual Europeo (2011). Los datos corresponden al canon de TV (el conjunto de radio y televisión en Suiza es de 377 euros al cambio de 2012).
El cambio más significativo en este tributo se registró en Finlandia, que desde enero de 2013 aplica un impuesto especial progresivo a las personas físicas y jurídicas, que oscila entre 50 y 140 euros, según el nivel individual de renta, en vez de una tasa de licencia por el servicio de televisión. Están exentos del pago los desempleados y aquellos que reciben la renta de auxilio social.
En Austria la tasa anual la fija y controla (verificación del test de valor público del servicio audiovisual prestado por los canales de ORF) el regulador de la comunicación (Komm Austria), en base a cinco dimensiones de la calidad y 18 categorías de rendimiento. Bélgica tiene un servicio audiovisual público que responde a las características diferenciales de sus tres respectivas comunidades culturales y lingüísticas. Las comunidades valona y germana (74.000 hablantes) aplican un canon para la financiación de sus canales públicos (RTBF y BRF) en francés y alemán. Por su parte, el servicio público de la comunidad flamenca (VRT) se financia directamente con subvenciones. La penetración de las cadenas públicas y privadas de Alemania es notable también tanto en Austria como en Bélgica y Suiza. Esos ciudadanos no pagan ningún tributo por el usufructo del “desbordamiento” de los países vecinos.
La recaudación del canon que pagan los alemanes lo reparten la ZDF (estatal) y la asociación de radiotelevisiones regionales (ARD). La nueva tasa de contribución a la radiodifusión pública, que entró en vigor en 2013, se fija sobre los hogares o establecimientos permanentes, en vez del número y tipo de receptores, que comprende también a los ordenadores y dispositivos similares. Las cadenas públicas alemanas chocaron con la regulación de la competencia al intentar poner en marcha dos proyectos alternativos de innovación para el ámbito de Internet. El primero de ellos un portal y una aplicación inteligente de gestión de noticias (Tagesschau) y el segundo una plataforma “premium” (Germany´s Gold) de vídeos on line.
El modelo audiovisual suizo se corresponde también con su propia configuración cantonal, cultural y lingüística. El operador audiovisual público es la SRG-SSR, una asociación sin fin de lucro que integra cuatro empresas correspondientes a las áreas lingüísticas alemana, francesa, italiana y romanche. Su sistema de gobernanza es de régimen federal y corresponsable con la misión de la “idée suisse”. El canon audiovisual comprende una tasa tanto de radio como de televisión, tres categorías de recepción (doméstica, profesional y comercial) y dentro de la última otros tres niveles de dispositivos (hasta 10 aparatos, de 10 a 50 y más de 51). Las multas por fraude pueden llegar a 5.000 francos suizos. De la recaudación se encarga Billag, una filial de Swisscom, con más de 300 empleados.
El canon danés sólo financia a uno de los operadores públicos (DR) y a los canales regionales dependientes de TV2, que también es de propiedad pública pero financiada exclusivamente con publicidad desde 2004. Este canal público, que es el primer operador en audiencia y publicidad, fue objeto de un expediente de la Comisión Europea por recibir ayudas públicas para su reestructuración en 2003-04 con el objetivo de su privatización. El gobierno danés dio marcha atrás en sus planes y optó por explotarlo comercialmente sin la aportación de ayudas públicas a partir de 2004. En 2012 lo convirtió en uno de los operadores de canales de televisión de pago para complementar sus ingresos por publicidad en abierto.
El canon irlandés se recauda para la financiación de su operador público de radiotelevisión (RTE) y también (un 7% del mismo) para contribuir a la financiación del fondo de ayudas para la producción audiovisual independiente. Las sanciones por fraude o impago pueden alcanzar los 2.000 euros de multa. En Italia el tributo es por televisor, independientemente de su uso, y las tarifas son también domésticas y comerciales.
Francia es otro de los países que más ha modificado el régimen de financiación del servicio público audiovisual, en general, y también la licencia del canon del mismo. Se introduce en 1933 sobre la radiodifusión, vuelve a regularse y ampliarse en 1949, es aprobado en 1974 por el Parlamento y a partir de 2004 deja de ser un impuesto especial para convertirse en una contribución estatal. El artículo 29 de la ley 258 de 2009 cambia la denominación de licencia de la radiotelevisión por “contribución a la radiodifusión pública”.
El generador de este impuesto francés es el hecho de tener un dispositivo capaz de recibir televisión, independientemente de su uso. Se fundamenta en la naturaleza del impuesto y no en la obligación del pago por un servicio prestado, lo que significa que la responsabilidad de contribución no es asimilable al usufructo del mismo. La declaración anual y pago se efectúa conjuntamente con el impuesto de la propiedad inmobiliaria, con las mismas obligaciones y exenciones. La regulación francesa distingue también entre la contribución de las personas físicas, jurídicas y profesionales, contemplando su coordinación con el IVA en las dos últimas condiciones.
La política fiscal es otra de las forman de financiación indirecta del sistema audiovisual europeo, que tiene incidencia específica sobre la estructura de ingresos y gastos tanto de las empresas públicas como privadas. El impuesto del valor añadido se introdujo por primera vez en Francia en 1954 y en 1967 la CEE lo convirtió en común, con un régimen de exenciones y excepciones en cada país, actualmente vigente según la Directiva 2006/112/CE. El nuevo Libro Verde del IVA titulado “Hacia un sistema más simple, más robusto y eficiente” (CE, 2010a) augura su unificación e incremento.
Cuadro 8. TASAS DEL IVA AUDIOVISUAL EN LA UE
PAÍS
Tasa Estándar
Cine
Vídeo
Suscripción a TV de pago
Distribución online de servicios de TV y vídeo a la carta (alquiler/compra/
Suscripción de vídeo OVD)
Canon
de
Radio-TV
Radiodifusión
(terrestre, por cable, IPTV)
Servicios
de conexión teléfono/
Internet
Austria
20
10
20
20
20
10
10/20
20
Bélgica
21
6
21
21
21
21
21
Bulgaria
20
20
20
20
20
20
20
Chipre
15
5
15
15
15
15
15
R. Checa
20
14
20
20
exención
20
20
Alemania
19
7
19
19
19
exención
19
19
Dinamarca
25
25
25
25
25
25
25
Estonia
20
20
20
20
20
20
20
20
España
21
21
21
21
21
21
21
Finlandia
23
9
23
23
23
9
23
23
Francia
19.6
7
19.6
7
19.6
2.1
7
19.6
R. Unido
20
20
20
20
20
exención
20
20
Grecia
23
13
23
13
exención
13
23
Hungría
27
27
27
27
exención
27
27
Irlanda
23
9
23
23
exención
23
23
Italia
21
10
21
21
21
4
21
21
Lituania
21
21
21
21
21
21
21
Luxemb.
15
3
15
3
15
exención
15
15
Letonia
22
22
22
22
-
22
22
Malta
18
5
18
18
exención
18
18
Países Bajos
19
6
19
19
19
exención
19
19
Polonia
23
8
23
8
23
23
23
23
Portugal
23
13
23
23
23
23
23
23
Rumanía
24
11
24
24
24
24
24
24
Suecia
25
6
25
25
25
exención
25
25
Eslovenia
20
8.5
20
20
20
exención
20
20
Eslovaquia
20
20
20
20
20
exención
20
20
*Exención para películas nacionales. Fuente: Observatorio Audiovisual Europeo a partir de datos de la Comisión Europea, IVF y EFARN (Agencia Europea de la Red de Investigación del Cine). Los datos son de 2011 y sólo se han actualizado para España.
Las radiotelevisiones públicas de algunos países, reguladas a través de entes administrativos públicos, se acogen al régimen especial de compensación fiscal del IVA de prorrata. En Estados con balanzas fiscales descentralizadas con respecto a sus Comunidades Autónomas (caso de España), la devolución del IVA a las radiotelevisiones públicas tiene importancia económica significativa sobre sus presupuestos de explotación. Por otra parte, el incremento del IVA al 21% a los servicios culturales (con la excepción de libros y periódicos impresos), aplicado en España en 2012, no sólo ha levantado la protesta de los sectores afectados sino que ha impactado de forma notable también sobre la industria audiovisual.
Señalar también que las políticas europeas compartidas con los estados sobre la televisión y el audiovisual se pueden sintetizar en diez ámbitos: 1) Libros Verdes, Programas y Planes Estratégicos (Agenda Digital Europea y Europa 2020). 2) Comunicaciones (de 2001 y 2009) sobre ayudas estatales a los medios públicos y Directivas (desde la de la televisión sin fronteras de 1989, revisada en 1997, a las de 2007 y 2010 sobre servicios audiovisuales) de obligada transposición a las respectivas legislaciones estatales. 3) Ayudas directas a la producción y distribución a través de los Programas Media o de otros organismos (a partir de 2014-20 a través del Plan Europa Creativa). 4) Bonificaciones fiscales a través del IVA reducido o superreducido en varios países. 5) Acciones de la Agencia Ejecutiva Educativa, Audiovisual y Cultural (EACEA) y del Observatorio Audiovisual Europeo (OBS). 6) Vigilancia de los mercados y de las normas de la competencia. 7) Programas técnicos de convergencia y dividendo digital (TDT). 8) Regulación armonizada de los derechos de propiedad intelectual. 9) Control de la competencia y de la filosofía del pluralismo democrático y sociocultural (aplicación del Test de Valor Público a los operadores públicos). 10) Órganos externos e internos de heterorregulación (ex ante y post), corregulación y autorregulación.
Estructura de financiación de la TV en España
Las reformas del marco legislativo audiovisual español (leyes 10/2005 de la TDT, 17/2006 de Reforma de RTVE y 7/2010 LGA) y del sistema de financiación (Ley 8/2009 de RTVE) de la radiotelevisión pública siguen resultando asimétricas, incompletas y recentralizadoras (Zallo, 2011a:186) con respecto al sistema audiovisual de competencia autonómica. La asimetría de la legislación audiovisual autonómica con la estatal también ha tenido sus “escapes” divergentes en el Estatuto catalán de Autonomía (Ley 6/2006) y en la ley 22/2005 de Comunicación Audiovisual de Cataluña.
El ejemplo más evidente de falta de entendimiento, en la parte que corresponde a este capítulo, es la ausencia de oportunidades y consensos para abordar cambios del sistema audiovisual autonómico, tanto al hilo del proceso de reforma de RTVE en 2006 como respecto a la ley de financiación de 2009 o la Ley General del Audiovisual de 2010. Ahí se perdió una buena ocasión para abordar consensuadamente la financiación de la radiotelevisión pública estatal y autonómica de forma conjunta.
El amparo de las competencias autonómicas no era motivo suficiente para eludir la posibilidad de entrar tanto a discutir como a consensuar la ampliación y reparto de un canon directo e indirecto, en la medida que se trata de un usufructo de todo el Estado. El espacio radioeléctrico, cuyo canon en 2012 (BOE núm. 156 de 30 de junio) se atribuye a RTVE al cien por cien, hasta un máximo de 330 millones de euros, es un bien público que pertenece al conjunto del estado estatal y autonómico.
Las radiotelevisiones públicas autonómicas nacieron a la sombra de la descentralización político-administrativa de la Constitución de 1978 y del desarrollo competencial de los respectivos Estatutos de Autonomía, teniendo como legislación básica de referencia la Ley 4/1980 de Estatuto de RTVE y la Ley 46/1983 del Tercer Canal. Su marco competencial, por lo tanto, es compartido con el Estado y, más arriba, con la Unión Europea. Ambas legislaciones fueron derogadas por la Ley 7/2010 General del Audiovisual y ésta reformada ya por el Decreto Ley 15/2012 (sistema de gobernanza de RTVE) así como por la ley de flexibilización de la gestión de las televisiones públicas. Como al resto de la Administración pública española, a las RTV autonómicas les afecta también la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Treinta años después de su debut y paulatina consolidación dentro del espacio audiovisual periférico, las nuevas medidas políticas estatales de estabilidad presupuestaria y flexibilidad para la gestión de las televisiones públicas autonómicas abren una incierta puerta al futuro en la que la financiación se convierte, precisamente, en el eje de viabilización del modelo. El dilema ahora ya no es sólo de sostenibilidad sino también de existencia. Los expedientes de regulaciones de empleo (ERE) desarrollados o anunciados en las radiotelevisiones de Madrid, Valencia, Baleares y Cataluña ensanchan esa incertidumbre.
El sistema mixto de financiación de las radiotelevisiones autonómicas se nutren mayoritariamente –entre un 75% y un 80%- de los recursos de las respectivas Comunidades Autónomas a las que pertenecen. Dichas aportaciones, que son de carácter dispar, según el juego presupuestario de cada una de las Comunidades, corresponden a subvenciones a la explotación, compensación de pérdidas, aportaciones de capital, autorizaciones de endeudamiento, cesión demanial de bienes y medios, convenios y otros recursos. También perciben ingresos comerciales por publicidad, patrocinio, ventas de derechos de programas o emisiones, de servicios, merchandising, bartering, mensajería y otros. La publicidad representa entre el 15% y el 20% de los ingresos y otra parte pequeña corresponde a otros ingresos.
La subvención directa de las Comunidades Autónomas es la fuente principal de financiación de las radiotelevisiones públicas autonómicas en un porcentaje que se aproxima más al 80 por ciento de sus presupuestos de explotación que al 75% que la consultora Accenture estimaba en un informe realizado en 2011 para la FORTA. La estimación de Accenture es que el 20% de los ingresos en 2010 de las televisiones de la FORTA provenían de la publicidad y otro 6% de otros recursos frente a un 74% de aportación pública, a través de subvenciones y otras ayudas. Ese mismo porcentaje de aportación pública se lo atribuye la misma fuente a 2009, con un 19% de ingresos publicitarios y 8% de otros ingresos. Y para 2011 preveía un 75% de aportación pública junto a un 20% presupuestado para publicidad y un 5% de otros ingresos.
El factor lingüístico y cultural diferenciador, que es su razón de ser y su principal fortaleza, es su oportunidad y debilidad porque representa un coste agregado superior –superior al 30% por ciento- que se refleja claramente en la estructura presupuestaria de las televisiones del País Vasco, Cataluña, Galicia, Valencia y Baleares. Pero es evidente que estos medios de comunicación públicos han sido instrumentos fundamentales para el asentamiento simbólico de las identidades, normalización lingüística, enriquecimiento de la diversidad cultural, dinamización autonómica así como creación y proyección de una industria audiovisual autóctona. Su aportación directa e inducida en 2010 al sistema audiovisual español se estima en el 19,3% del total de sus ingresos, según Accenture (2011).
Por sus identidades y características se pueden establecer entre las trece radiotelevisiones autonómicas, doce de ellas integradas en FORTA, tres grupos: a) las de las comunidades lingüísticas cooficiales y de emisiones con diversidades culturales más marcadas (Cataluña, País Vasco, Galicia, Baleares y Valencia); b) las de emisiones exclusivamente en español (Andalucía y Madrid); y c) las nuevas televisiones en español creadas a partir de 1999 (Canarias, Castilla La Mancha, Asturias, Murcia, Aragón y Extremadura). Según su sistema de gestión directa o externalizada, podemos establecer otros dos grupos, en el primero de los cuales incluimos a las seis televisiones históricas creadas entre 1982 y 1999, incluyendo Castilla La Mancha, y en el segundo a las restantes, en las que parte de su producción la realizan empresas privadas externas.
Los datos que aquí se ofrecen son extraídos directamente de las cuentas anuales de todas las radiotelevisiones autonómicas, incluida la de Extremadura, que no forma parte de la Federación de Organismos de Radiotelevisión Autonómica (FORTA). Tomando como referencia el año 2010, porque es del que se disponen los datos más homogéneos, los ingresos de publicidad representan en torno al 17% de las cuentas generales de explotación. Y extrapolando los datos de la subvención a la explotación y capital resulta una media de coste de 33,82 euros por habitante y 96,27 euros por hogar.
La estructura de costes permite establecer tres modelos de radiotelevisión autonómica: a) compañías de Comunidades con sistema lingüístico cooficial y diferenciado (País Vasco, Cataluña, Galicia, Valencia y Baleares); b) entes públicos históricos tradicionales con emisión exclusivamente en español (Andalucía y Madrid); c) nuevos operadores creados a partir de 1999 (Canarias, Castilla-La Mancha, Baleares, Asturias, Aragón, Murcia y Extremadura). Hay que hacer una matización y excepción con respecto a Valencia, que si bien según su extrapolación presupuestaria no podría incluirse en el primer modelo, si le agregásemos la ponderación de su deuda acumulada (1.092 millones), la estimación de costes por habitante y hogar se coloca también en el grupo de las televisiones de Comunidades con lengua propia.
Cuadro 9. INGRESOS Y COSTES DE LA TV PÚBLICA EN ESPAÑA, 2010
Presupuesto
Explotación
Presupuesto
agregado
Subvención explotación
Subvención de capital
Ingresos publicidad
Compras generales
Gastos personal
Coste habit.
Coste hogar
Andalucía
238.982.552
247.027.052
172.940.366
6.269.084
60.463.851
84.674.415
96.319.833
21,41
61,80
Cataluña
390.566.181
475.138.064
256.070.981
74.451.883
89.582.434
100.828.906
180.847.889
44,00
119,02
Madrid
150.792.000
157.992.000
111.341.000
7.200.000
33.451.000
23.172.000
61.935.000
18,36
50,39
Valencia
182.280.900
183.845.420
141.452.230
1.564.520
36.344.910
102.275.830
55.173.020
27,98
74,41
Galicia
138.049.672
154.581.446
102.168.428
12.550.111
16.248.000
55.815.912
57.886.481
41,01
112,49
P. Vasco
176.292.565
185.128.619
149.060.565
8.836.054
18.300.000
69.327.771
57.438.185
72,48
184,86
Canarias
56.476.887
56.844.887
56.844.887
368.000
37.210.921
5.261.978
17,88
75,50
CMancha
67.591.114
69.174.014
57.587.951
1.582.900
3.367.000
25.081.009
21.177.401
24,02
79,37
Murcia
48.684.157
48.728.174
46.654.157
44.017
2.000.000
43.631.057
4.953.000
20,60
92,84
Aragón
65.355.825
68.093.295
56.717.842
2.737.470
5.000.000
31.959.241
7.181.187
43,32
117,17
Baleares
48.382.000
66.352.000
42.952.000
18.000.000
5.400.000
31.800.000
6.400.000
56,53
146,17
Asturias
36.518.921
39.236.356
29.450.391
2.717.444
21.113.338
7.068.530
29,8
77,51
Extremd.
24.000.000
24.000.000
22,3
60,01
Total/Media
1.623.972.774
1.752.141.327
1.247.240.798
136.321.483
270.157.195
626.890.400
561.642.504
33,82
96,27
RTVE
1.185.037.000
1.200.000.000
550.000.000
386.000.000
12,00
32,03
Total TVP
2.809.009.774
2.952.141.327
1.797.240.798
947.642.504
45,82
128,30
Fuente: elaboración propia con datos presupuestarios de las compañías y de población y número de hogares del INE de 2010. El coste autonómico de los RTV agrupadas en FORTA se calcula sobre el total de subvención de explotación y capital. El coste de RTVE por habitante y hogar sobre el total de su presupuesto asciende a 28,86 y 69,01 respectivamente.
El factor de la diversidad cultural y lingüística es el que más claramente destaca en el análisis de costes y, por lo tanto, también en la asignación de recursos para el cumplimiento de la misión que las respectivas leyes le atribuyen a dichas compañías públicas. Los resultados también tiene que ver con la estructura de cada comunidad, de su población, tipo de hogares y capacidad de compra e inversión en publicidad de las respectivas zonas. No es igual la capacidad de captación de publicidad de Galicia o País Vasco que la de Cataluña o Madrid, aún teniendo cuotas de share iguales o superiores.
La evolución del presupuesto y de la subvención a la explotación entre 2007 y 2012 marca, a su vez, otros dos tipos de modelos o tendencias en la gestión de los recursos de la radiotelevisión pública española. Por una parte destaca en el cuadro 9 la evolución presupuestaria a la baja en las seis radiotelevisiones históricas (Andalucía, Cataluña, Madrid, Valencia, Galicia y País Vasco) y, por otra, las cuentas de explotación de otras cinco nuevas corporaciones, descartando Asturias y Extremadura, de las que no se disponen datos homogéneos. Los presupuestos y la subvención de las seis grandes televisiones históricas descendieron entre 2007 y 2012 en casi un 20% y la subvención bajó en un 10% . En las nuevas televisiones, por el contrario, se incrementó el presupuesto y subvención en el mismo período en un 13,1 y 8,26, respectivamente.
Cuadro 10. EVOLUCIÓN DE PRESUPUESTO Y SUBVENCIONES 2007/12
2007
2008
2009
2010
2011
2012
Prespto explot.
Subv. expl.
Prespto explot.
Subv. expl.
Prespto explot.
Subv. expl.
Pres. expl.
Subv. expl.
Pres. expl.
Subv. expl.
Pres. expl.
Subv. expl.
Andalucía
229,024
165,910
243,285
177,388
247,324
181,838
238,982
172,940
232,433
166,887
219,661
152,562
Cataluña
393,888
217,205
378,409
206,079
383,805
226,255
390,566
256,070
367,898
241,390
310.248
202,475
Madrid
157,053
85,293
161,724
89,579
143,284
89,564
150,792
111,341
147,114
105,364
147,114
105,364
Valencia
276,819
188,912
309,146
219,217
238,561
150,506
182,280
141,452
165,644
124,110
138,003
99,246
Galicia
122,953
97,139
131,790
103,808
134,183
106,999
138,049
102,168
121,550
101,147
117,164
99,147
P. Vasco
183,327
121,324
173,733
139,072
183,723
148,920
176,292
149,060
171,654
140,762
167,106
130,964
6 Aut Hst
1.363,06
875,78
1.398,08
935,14
1.330,88
904,08
1.276,96
933,03
1.206,29
879,66
1.099,28
789,75
Canarias
50,495
69,402
50,495
69,402
58,381
58,381
56,476
56,476
37,720
37,720
CMancha
69,402
55,356
69,402
55,356
71,349
58,076
67,591
57,587
61,405
50,009
Murcia
0
0
0
0
55,529
53,089
48,468
46,654
32,504
30,109
Aragón
59,156
45,394
59,156
45,394
62,665
54,868
65,355
56,717
62,392
54,344
Baleares
32,765
28,256
32,765
28,256
32,765
28,256
48,352
42,952
48,352
42,952
5 Auto N.
231,81
202,4
231,81
202,4
300,68
256,67
306.24
264,37
262,37
219,13
TOTAL
1.594,87
1.078,18
1.629,89
1.137,54
1.631,56
1.160,75
1.583,20
1.197,4
1.468,66
1.098,79
1.099,28
789,75
Fuente: elaboración propia con los datos presupuestarios de las compañías de RTV agrupadas en FORTA, en millones de euros
La supresión de la publicidad en RTVE a partir de 2010 apenas repercutió sobre los ingresos comerciales de las radiotelevisiones autonómicas. Tomando como referencia los datos de las televisiones autonómicas –no se contabilizan los de los canales de radio- resulta que entre 2009 y 2010 se produce un incremento positivo del 14 % pero, sin embargo, si los resultados se comparan entre 2007 y 2011 la caída de los ingresos se eleva al 34,5, como se refleja en el cuadro 10. En las televisiones de Madrid y Valencia los ingresos caen en más de un 50 por ciento.
Los aprovisionamientos o compras y los servicios exteriores, es decir, el efecto de las radiotelevisiones autonómicas sobre su entorno y sector audiovisual en general sufren entre 2007 y 2010 una bajada de un 9,5 y 3,6 respectivamente pero en las seis históricas principales caen un 30 y un 14,21 más. Estos porcentajes son el efecto de los descensos en las subvenciones e ingresos comerciales.
Cuadro 11. INGRESOS DE PUBLICIDAD DE LAS TV AUTONÓMICAS
C.A.
TV
2007
2008
2009
2010
2011
2007/2012
Cataluña
TV3
132,0
118,0
82,5
100,2
85,7
-35 %
Andalucía
Canal Sur
55,0
48,1
36,9
46,5
32,5
-41
Madrid
TV M
55,0
45,1
31,7
31,9
23,0
-58
Valencia
Canal 9
34,0
28,4
21,6
21,7
16,2
-52
País Vasco
ETB
22,0
23,8
16,6
21,1
18,9
-14
Galicia
TVG
18,2
16,9
12,2
15,2
12,3
-32
Baleares
IB 3
6,8
7,5
7,2
5,2
1,8
-73
Canarias
TV Canarias
5,3
4,8
4,3
5,2
4,3
-19
C. Mancha
CMT
4,8
3,8
2,9
3,6
2,4
-10
Murcia
TAM
2,8
2,7
1,9
2,3
1,7
-39
Aragón
TV Aragón
2,3
2,6
2,9
3,4
2,6
13
Asturias
TPA
1,3
1,5
1,9
0,6
0,6
-54
Total/media
339,5
303,2
226,2
256,9
202
-34,5 %
Fuente: Elaboración propia con datos de fuentes sectoriales y de las cuentas de las propias empresas públicas
Cuadro 12. APROVISIONAMIENTOS Y SERVICIOS EXTERIORES
2007
2008
2009
2010
2011
2012
Aprovis.
Servicios exteriores
Aprovis.
Serv. ext.
Aprovis.
Serv. ext.
Aprovis.
Serv. ext.
Aprovis.
Serv. ext.
Aprovis.
Serv. ext.
Andalucía
69,018
48,748
91,817
50,784
92,584
48,346
84,674
46,614
82,578
40,424
70,857
37,291
Cataluña
86,247
108,575
85,163
121,865
83,666
117,183
100,828
106,093
98,623
99,086
74,917
81,808
Madrid
36,941
38,583
34,250
40,631
20,619
30,183
23,172
51,848
25,979
50,640
25,979
50,640
Valencia
158,931
19,985
182,216
20,784
158,547
16,871
102,275
18,694
87,340
18,759
65,537
16,414
Galicia
48,628
26,673
55,197
23,762
57,433
22,367
55,815
17,935
38,058
19,768
33,654
18,915
P. Vasco
70,927
32,994
77,007
35,199
79,235
37,078
69,327
37,179
66,653
32,310
58,538
31,305
6 Auto
470,69
275,55
525,65
293,02
492,08
272,02
436,09
278,36
399,23
260,98
329,48
236,37
Canarias
25,177
22,983
25,177
22,983
33,999
19,266
37,210
13,996
26,650
5,483
CMancha
32,187
13,332
32,187
13,332
27,424
17,158
25,081
15,709
19,327
17,623
Murcia
42,900
7,274
43,631
21,225
6,347
Aragón
38,185
13,618
38,185
13,618
34,288
20,499
31,959
21,931
31,962
18,624
Baleares
10,003
8,512
10,003
8,512
10,003
8,512
31,800
8,652
31,800
8,652
Asturias
10,00
6,00
10,00
6,00
10,00
6,00
10.00
10,00
10.00
10,00
Total
586,24
340
641,20
357,47
650,69
350,73
605,77
348,65
530,19
327,71
329,48
236,37
Fuente: elaboración propia sobre evolución de presupuestos de aprovisionamientos y servicios exteriores, en millones de euros
Cuadro 13. EVOLUCIÓN DE LOS COSTES DE PERSONAL
2007
2008
2009
2010
2011
2012
Costes personal
%
Costes personal
%
Costes personal
%
Costes personal
%
Costes personal
%
Costes personal
%
Andalucía
84,416
38,07
91,241
57,50
96,031
38.83
96,319
40,30
96,812
41,65
96,055
43,73
Cataluña
161,592
41,05
168,396
64,50
180,296
48,09
180,847
46,30
167,689
45,58
151,380
48,79
Madrid
67,770
NS
68,205
42,17
62,390
43,58
61,935
41,07
55,209
37,53
55,209
37,53
Valencia
50,586
18,27
52,334
38,83
54,357
22,96
55,173
30,27
53,088
32,05
51,055
37,00
Galicia
41,958
34,13
45,530
34,58
47,736
36,58
57,886
41,93
54,025
44,45
56,101
47,88
P. Vasco
49,313
30,19
52,070
29,97
55,350
30,13
57,438
32,58
60,188
35,06
57,310
34,30
Canarias
2,335
4,00
5,115
9,78
5,261
9,32
5,157
13,67
CMancha
18,593
28,79
21,177
29,23
21,177
31,33
20,391
33,21
Murcia
5,049
9,09
4,953
10,17
4,595
14,14
Aragón
4,448
7,52
6,927
11,05
7,181
10,99
7,468
11,97
Baleares
6,450
10,59
6,400
13,24
Asturias
Suma/media
481,01
25,25
477,76
44,5
540,87
25,10
554,57
27,95
524,62
30,93
467,11
41,53
Fuente: elaboración sobre evolución de costes de personal de las compañías de RTV agrupadas en FORTA, en millones de euros
Cuadro 14. PLANTILLAS DE LAS RTV AUTONÓMICAS
Comunidades
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2007/2012
Andalucía
1.629
1.681
1.669
1.653
1.605
1.605
-1,47
Cataluña
2.719
2.736
2.756
2.745
2.619
2.596
-4,5
Madrid
1.415
1.329
1.254
1.193
1.178
1.154
-18,44
Valencia
1029
1.756
1.746
1.740
1.717
1.717
66,86
Galicia
942
989
996
1.008
1.089
1.089
15,60
País Vasco
928
947
951
1.015
1.025
995
7,2
C. Mancha
428
428
434
437
425
425
-0,7
Aragón
113
134
139
139
141
135
19,46
Asturias
154
154
125
111
110
110
-28,57
Murcia
71
95
96
83
82
84
18,3
Baleares
134
125
122
115
106
106
-20,89
Canarias
71
71
110
131
121
119
67,6
Total
9.633
10.445
10.398
10.370
10.218
10.135
5,21
Fuente: elaboración propia con datos de fuentes sectoriales y de las memorias anuales de las empresas
Las radiotelevisiones autonómicas suman 10.135 puestos de trabajo directos, con un incremento del 5,21% en los últimos cinco años, a pesar de las regulaciones de empleo registradas en Madrid, Cataluña, Asturias, Baleares y Castilla La Mancha. Sin embargo, otras compañías –Valencia, Galicia, Canarias y Aragón- incrementaron sus plantillas en ese período. Sus costes de personal –que representan entre el 30% y el 40% de los presupuestos- se incrementaron también en el período en más de un 9 por ciento.
Con respecto a la estructura de personal de las compañías autonómicas también cabe una línea divisoria entre las seis históricas y las que se crean a partir de 1999 porque estas últimas incorporan un sistema de gestión diferente, basado esencialmente en la externalización de la producción encargada a empresas colaboradoras que se reparten porcentajes de horas de parrilla y que, en algunos casos, participan también de los ingresos comerciales en contraprestación de prenda por sus servicios.
El propio balance de las RTV públicas autonómicas destaca la función de servicio público, de dinamización de las respectivas autonomías, de vertebración social, de innovación y de motor de la industria audiovisual del entorno (Acenture, 2011). Este informe realizado en 2011 para la FORTA resalta, tomando como base el estudio realizado para UTECA por Luis Núñez Ladeveze y Javier Gallego sobre la medición del grado de contribución al servicio público de RTVE (2008), que las televisiones públicas autonómicas “cumplen con su cometido de servicio público en la medida en que casi un 80% de su contribución consigue ese objetivo”.
Cuantifica dicho informe que en 2010 las RTV autonómicas dedicaron 6.568 programas y 27.219 horas, el 44% de la programación, a emisiones de proximidad y fomento de la cohesión social, que reporta el 29% de su audiencia media en los informativos; 3.957 programas y 11.781 horas, el 19% de la programación, a contenidos culturales distintivos; 4.605 programas y 7.197 horas, 12% de programación, a promoción del turismo; y 16 canales de televisión en lenguas distintas a las de emisión en español. En el ámbito de la innovación recuerdan las aportaciones de nuevos formatos, desarrollo de ficción propia, introducción de servicios on line, bajo demanda y a la carta, alta definición y la contribución locomotora de una industria audiovisual en su entorno.
La contribución económica de los operadores de televisión autonómica a la financiación de la producción de largometrajes, cortometrajes y películas para la televisión, de origen europeo y en lenguas españolas, supera los 270 millones de euros entre 2008 y 2010, según los informes anuales realizados por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en aplicación de las obligaciones correspondientes a las leyes 25/1994 y 7/2010 General del Audiovisual. La inversión de las RTV autonómicas ascendió a 94,4 millones en 2008, a 80,7 millones en 2009 y a 95,5 millones en 2010, en casi todos los casos con superávit sobre la obligación legal del 3% y 5% por ciento respectivamente. La inversión total en España en ese período alcanzó los 849 millones.
Modelos de gestión y gobernanza
El sistema de gestión y gobernanza de las RTV públicas está marcado por sus respectivas leyes de creación, aunque todas ellas respondiendo al modelo competencial en el que se insertan y que comprende tres niveles: a) marco europeo (determinado por las Directivas de Servicios Audiovisuales y la Comunicación de la CE sobre el régimen de ayudas públicas al audiovisual, las últimas son la DSMA 2010/13/UE y la C257/01 de 27-10-2009); b) legislación básica del Estado (Ley 7/2010 General del Audiovisual); y c) ámbito autonómico (Estatutos de Autonomía, leyes autonómicas del audiovisual, si las hay, y leyes de creación de los entes o corporaciones públicas). Les afectan también las leyes de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico así como la ley general del Estado de estabilidad presupuestaria.
La ley 6/2012 de Flexibilización de la Gestión de las Televisiones Autonómicas y el Decreto-Ley 15/2012 cambian sustancialmente la Ley 7/2010 General del Audiovisual y el modelo de la televisión pública en España, permitiendo la privatización de aquéllas y modificando el sistema de gobernanza de RTVE. Se suprime el Consejo de Medios Audiovisuales (CEMA), prometiendo integrarlo en un superregulador convergente, y desaparece la necesidad del consenso para la elección de los órganos de gobernanza de la radiotelevisión pública por la supresión de la exigencia de una mayoría parlamentaria reforzada. Es de suponer que el mal ejemplo de estos cambios en la regulación de la radiotelevisión pública estatal también se extienda a las autonómicas, como ocurrió en el pasado.
En origen, en la década de 1980, la estructura orgánica de las leyes de creación y gestión respondía a la inspiración básica del Estatuto de RTVE de 1980. Hasta 1998 la conformación de la estructura de gestión del sistema audiovisual autonómico sigue al modelo estatal, formado por tres órganos: Consejo de Administración, Consejo Asesor y Director General. Son órganos de control los dos primeros, generalmente de 12 y 15 miembros, elegidos por los respectivos Parlamentos por mayoría de dos tercios y en función de propuestas proporcionales a la representación política de cada Cámara. Y el Director General es el órgano ejecutivo, nombrado por el respectivo Gobierno.
Hasta finales de 1990 todas las instituciones que reciben el encargo de sus correspondientes Parlamentos de promover la radiotelevisión autonómica tienen la cualificación de Ente Público y éstos, por su parte, crean las respectivas empresas mercantiles de capital público para la prestación del servicio. Así, la estructura interna queda conformada por un Director General al frente del Ente Público, que actúa como cabeza de holding, y sendos directores gerentes al frente de cada una de las sociedades mercantiles de radio y televisión, que suelen ostentar también la condición de administradores únicos y, a la vez, órganos unipersonales de la junta general de accionistas. Los períodos de mandato de la gestión coinciden y cambian generalmente al tiempo que los gobiernos.
Con la llegada del siglo XXI se realizan varias reformas, de menor o mayor calado, que afectan a la estructura orgánica de gestión, control y planificación financiera. La primera de ellas es la Ley 8/1998 de reforma de la legislación de creación del Ente Público de la Radiotelevisión Vasca (posteriormente modificada por la ley 4/1996), que se refiere a la ampliación del Consejo de Administración a 19 miembros de representación social y cultural así como al sistema de competencias de del Director General. En Cataluña las reformas se inician con la Ley 22/2005 de Comunicación Audiovisual y se materializan en la Ley 11/2007 de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales (reformada por la Ley 2/2012).
La ley catalana de 2007 toma como referencia el sistema organizativo de la nueva Ley 17/2006 de RTVE, estableciendo la elección de un Presidente y un Consejo de Gobierno, formado por 12 miembros, por mayoría de dos tercios para seis años, no renovables y no coincidentes con los períodos legislativos y gubernamentales. El Director/a General debe ser elegido mediante convocatoria pública. Establece también un Consejo Asesor de Contenidos y Programación, un Estatuto Profesional, la obligación de elaborar un mandato marco para el desarrollo del servicio público con nueve años de vigencia y los respectivos contratos-programa cada tres años para plasmar esa estrategia. La Ley 2/2012 redujo a seis el número de miembros del Consejo de Gobierno de la CCMA y el sistema de elección por mayoría absoluta si no se logran los dos tercios en la primera votación.
Las novedades importantes de estas reformas de RTVE y CCMA son los respectivos intentos –no demasiado estables, por cierto, si los observamos, ahora, seis años después- de democratizar, profesionalizar y despolitizar los órganos de gobierno, a la vez que intentar establecer un sistema de planificación y gestión proyectado sobre un largo período de tiempo –a semejanza de Royal Charter y Agreement de BBC o Cartes des Antennes de France Télévisións- sobre los mandatos marcos y contratos programas.
Ese mismo modelo fue seguido por Ley 15/2010 del Ente Público de RTV de Baleares y por la nueva Ley 9/2011 de los Medios Públicos de Comunicación Audiovisual de Galicia. En el primer caso sigue el esquema de un ente público y las respectivas sociedades mercantiles de gestión mientras que en el segundo se crea una única Corporación de Radio Televisión de Galicia que integrará el capital, medios, recursos y organización de las dos entidades que venían gestionando la actividad radiofónica y televisiva de forma separada.
En Baleares el Consejo de Dirección está formado por 9 miembros, por seis años, que se eligen –al igual que el Director General- por mayoría de dos tercios del Parlamento en primera votación y por mayoría absoluta seis meses después si no hay acuerdo; también cuenta con un Consejo Asesor de Contenidos y Programación. En Galicia el Consejo de Administración lo forman seis miembros y son elegidos, al igual que el Director General, por mayoría de 2/3 y 3/5 si no hay acuerdo por el Parlamento por un período de seis años, renovable por un segundo mandato.
Andalucía reforma también en 2007 la ley de creación de la RTVA, siguiendo el modelo de RTVE y CCMA, pero con denominación diferente. La Ley 17/2012 crea la Agencia Pública Empresarial de la Junta de Andalucía para la gestión de la RTVA. El modelo es el de una agencia pública de gestión, a semejanza de otras de distinta naturaleza que se crean en esa Comunidad al amparo de la Ley 9/2012 de la Junta de Andalucía. La Agencia Pública Empresarial de la RTVA establece una Carta de Gestión de seis años de vigencia, que se debe materializar en sendos contratos programa de tres años cada uno, a firmar con el gobierno autonómico. El Consejo de Administración, de 15 miembros, se elige por mayoría de dos tercios y tres quintos, si no hay acuerdo, para un período de seis años no renovable, al igual que el Director General, pero en este caso con opción a un segundo mandato.
Asturias establece en sus leyes 2/2003 y 2/2006 la estructura y procedimiento de elección del Consejo de Administración, del Director General y del Consejo de Comunicación del Principado. Los dos órganos de gobernanza de la radiotelevisión pública de Asturias son elegidos por mayoría de dos tercios, están formados por quince miembros y su mandato es de cuatro años coincidentes con la legislatura. La Ley 3/2008 reforma la legislación de creación de la Empresa Pública de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, que prevé un Consejo de Administración de nueve miembros elegidos por dos tercios y el Director General por tres quintos, para un período de cinco años, además de un Consejo Asesor de 17 integrantes.
En el resto de las RTV se mantiene el viejo modelo de gobernanza de 1980 con un Consejo de Administración de doce o más miembros –Valencia 12, Canarias 8, Castilla La Mancha 15, Aragón 19, Murcia 9, Madrid según reparto parlamentario al inicio de la legislatura- elegido por el Parlamento por mayoría de dos tercios para el período de la legislatura y el Director General nombrado por el Gobierno. La denominación de la personalidad empresarial escogida es la de ente público en Castilla La Mancha, Empresa Regional de RTV en Murcia, Corporación Aragonesa de RTV y RTV de Valencia y Madrid. En este último caso, en Madrid, el Director General lo elige por mayoría el Consejo de Administración, que es igual a la mayoría parlamentaria.
La plasmación de los procedimientos generales de gestión y gobernanza de las radiotelevisiones públicas autonómicas responde al siguiente esquema. El Parlamento aprueba el mandato-marco y, a continuación, el Director General y su equipo de gestión elaboran el proyecto de contrato-programa, que tendrán que negociar con los consejeros de Economía y Hacienda de los respectivos gobiernos sobre la base de una planificación a tres años vista y concertando, al mismo tiempo, el cumplimiento de los objetivos de servicio público con el Consejo de Administración.
El sistema de planificación formalmente es correcto –el mandato marco es la estrategia de la misión y la visión mientras que el contrato programa es la plasmación de la táctica- pero el resultado es mucho menos operativo y efectivo, como se puede concluir después de ver los casos prácticos de RTVE y Cataluña. Sus mandatos y contratos plurianuales apenas se ejecutaron.
El sistema de planificación a nueve y tres años, respectivamente, es totalmente asimétrico con respecto el sistema de organización presupuestaria anual de las Comunidades Autónomas, teniendo en cuenta que el modelo de financiación audiovisual depende mayoritariamente de ellas. Las distintas leyes autonómicas de Economía y Hacienda establecen la obligación de que todas las empresas públicas entreguen antes del 1 junio de cada año un anteproyecto de presupuestos para el siguiente ejercicio, que suele ser sustancialmente modificado entre el mes de septiembre y octubre siguiente, cuando las Comunidades conocen más certeramente sus previsiones de gastos e ingresos para el siguiente ejercicio.
La función de control de la radiotelevisión pública autonómica se organiza en tres niveles de heterorregulación: a) internamente (ejercido por los Consejos de Administración o Gobierno, Consejos Asesores, Consejos de Información y Defensores de la Audiencia); b) en órganos externos de carácter parlamentario o administrativo (Comisiones de Control del Parlamento y Auditorías de las Consejerías); y c) de carácter externo independiente (Consejos, Cámaras, Síndicos o Tribunales de Cuentas, Defensores del Pueblo y Consejos Audiovisuales).
En este último aspecto, funcionan el Consejo Audiovisual de Cataluña (Ley 2/2000) y el Consejo Audiovisual de Andalucía (Ley 1/2004). La nueva ley gallega 9/2011 prevé también la creación de una Autoridad Audiovisual Independiente, que se encargará de velar por el cumplimiento de la misión del servicio público. Y el País Vasco elaboró en 2004 un proyecto de ley de comunicación audiovisual y creación del Consejo de Comunicación Audiovisual, que no llegó a prosperar por presiones de un sector del PNV (Zallo, 2011a).
Balance y conclusiones
La crisis del modelo de negocio tradicional de la televisión, en general, acrecienta y complica los problema del sistema de financiación mixto de la televisión pública, cuyos efectos ya se aprecian claramente en las políticas de regulación europeas y estatales desde 2007. Las televisiones públicas europeas paliaron los primeros efectos de la crisis financiera mundial a través del sostenimiento de sus fuentes de ingresos del canon y subvenciones, pero el punto de inflexión y de ajuste se nota entre 2009 y 2010, como se puede observar al comparar las caídas de ingresos y la reducción de compras por parte de las televisiones públicas.
En España el modelo de financiación de la radiotelevisión pública es más inestable e ineficiente, pero no más caro que la media del resto de los países europeos. Su coste global está por debajo de la media europea tanto en distribución per cápita como en atribución por hogar o paridad del poder adquisitivo según el PIB nacional. El impuesto de contribución a la radiodifusión pública, que el Reino Unido mantiene como el sistema menos malo y que Francia o Finlandia han reformado, con perspectiva de permanencia de futuro, es la parte del modelo mixto que ha resistido mejor la crisis a pesar de que ha sido congelado en varios países.
El canon directo, que actualmente tienen 19 países, sigue siendo el modo más estable e independiente de financiación, a pesar de las críticas a su ineficiencia en la recaudación y falta de progresividad. Sus déficit de progresividad y desfase tecnológico, frente a la convergencia de la las múltiples pantallas o de la ubicuidad desde las que se pueden recibir los contenidos audiovisuales, han sido corregidos en Finlandia a partir de 2013 cambiándolo por un impuesto personal ponderado en base a la renta.
Pero la crisis y el dilema no termina ahí porque, desde el punto de vista de España, es difícil pensar en recuperar un impuesto que fue totalmente desconsiderado y descartado en las épocas de bonanza (2005). Sobre la alternativa de la subvención y la publicidad aún pesan más los efectos de la crisis y los ajustes, que drenan los recursos fiscales e imponen la austeridad trufada de recortes. Tampoco hay margen a corto plazo para experimentar nuevos modelos de negocio de pago, que no serían viables antes de cinco años y que presentarían, al mismo tiempo, como en Alemania o Dinamarca, problemas de compatibilidad dentro del marco de la competencia audiovisual. Aún así, no hay que descartarlos ni tampoco la necesaria convergencia de las sinergias de gestión de RTVE con las televisiones autonómicas, una inexplicable asignatura pendiente de la que son responsables unos y otros.
La reforma estatal iniciada a mediados de la pasada década erró, en primer lugar, al descartar la recuperación del canon directo por falta de tradición y volvió a equivocarse en 2009 al suprimir la publicidad de RTVE a cambio de la introducción de otro canon indirecto insuficiente y parcialmente recurrido ante el Tribunal de Justicia Europeo. A pesar de su impopularidad, la recuperación de un ponderado canon mixto directo (por hogar por encima del umbral de pobreza) e indirecto (por espacio radioeléctrico y compensación publicitaria de los operadores comerciales) sería una solución más estable frente a la incertidumbre con la que ahora pueden ser dañadas las subvenciones públicas de RTVE y de las RTV autonómicas ante los presupuestos del prolongado gran ajuste fiscal.
El sistema de financiación de la radiotelevisión pública autonómica depende en un 80% de las subvenciones de sus respectivas Comunidades y en una pequeña parte –que descendió en más de un 30% en los últimos cinco años- de la publicidad y otros ingresos. La supresión de la publicidad de RTVE no tuvo ningún efecto positivo sobre los operadores públicos autonómicos y el mantenimiento de este tipo de comunicación comercial en este ámbito representa mucho más que su valor económico. En la radiotelevisión autonómica, sobre todo en los espacios de lenguas cooficiales, la publicidad es también una herramienta simbólica de normalización lingüística y de protección comercial de la pequeña y mediana empresa, que no podría acceder a los otros medios de comunicación estatal.
Pese a que el modelo de financiación es similar entre todas ellas, ya no lo es tanto su estructura y sistema de gestión, a pesar de que necesariamente están remitidas y sometidas a un régimen financiero que es común a todas las Comunidades. El tratamiento de las aportaciones financieras, resultados, compensación de pérdidas y contabilización de deudas varía de unas a otras radiotelevisiones. Mientras Valencia y Madrid han acumulado 1.092 millones y 241,9 millones de euros de deuda, respectivamente, Cataluña y Andalucía compensaron sus pérdidas a través de los epígrafes contables de las aportaciones públicas de sus haciendas autonómicas.
El factor cultural, lingüístico y de proximidad es la representación simbólica más evidente del valor social de las radiotelevisiones autonómicas. Pero también es un factor de sobrecoste que se aprecia claramente en el modelo de canales con emisiones lingüísticamente diferenciadas (Cataluña, País Vasco, Galicia, Valencia y Baleares). El coste por habitante y hogar de las radiotelevisiones de Comunidades con lenguas propias es superior a las que sólo emiten en español. La importancia de su valor social justifica y defiende incuestionablemente la sostenibilidad del modelo, pero la difícil coyuntura fiscal que afrontan las Comunidades Autónomas puede situar ese valor intrínseco en el tercer o cuarto lugar de la escala de prioridades (después de la sanidad, educación, etc.).
El espejo comparativo de los cambios que se están produciendo en las radiotelevisiones públicas de otros países europeos puede ayudar también a responder a las preguntas de los dilemas con los que se iniciaba esta exposición. Algunas de ellas, las más consolidadas y avanzadas, no sólo no renuncian a su protagonismo en el nuevo ecosistema digital sino que están tratando de adaptar sus planes estratégicos a ese escenario. Y esos planes no sólo se centran en las prioridades económicas sino también en un nuevo modelo de gobernanza más eficiente y transparente que trata de fundamentar su financiación en una rendición de cuentas basada en la evaluación de su valor público, como garante de la contribución que reciben de los ciudadanos.
Los pasos adelante logrados en los sistemas de gobernanza y transparencia de las radiotelevisiones públicas españolas tampoco deberían despreciarse o descartarse y la tarea pendiente para lo que queda de esta década es encontrar formas de gestión y financiación más estables y eficientes que permitan incardinar el modelo audiovisual público en las ambiciones de la Agenda Digital Europea 2020. Pero, ciertamente, a mediados de este 2013, son más las incertidumbres que las soluciones o alternativas que se vislumbran para los dilemas de la financiación y gobernanza de la radiotelevisión pública.
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